Establecer un procedimiento claro para la recepción, implementación y seguimiento de órdenes de alejamiento emitidas por la autoridad judicial, garantizando la seguridad de la comunidad escolar y el cumplimiento de las normativas legales.
La dirección del establecimiento es el punto de contacto para recibir la orden, la cual debe ser entregada por el tribunal o Carabineros. El director verifica su autenticidad, los datos del afectado, las restricciones y la duración.
Informar al equipo directivo y personal relevante, ajustar horarios o rutas para evitar el contacto entre las partes y brindar apoyo psicosocial a estudiantes involucrados.
El encargado de convivencia escolar monitorea su cumplimiento y reporta cualquier incidente. Ante un incumplimiento, se notifica inmediatamente a Carabineros y al tribunal.
Se maneja toda la información con estricta confidencialidad y se capacita al personal sobre cómo actuar ante órdenes de alejamiento y situaciones relacionadas.
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